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Herencia

Posesión Efectiva Intestada: ¿Cómo tramitarla en Chile?

08 Sep 2026  ·  Abogada por Vocación

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Fallece sin testamento

El abuelito no dejó papel escrito, así que la ley decide quién hereda.

2

¿Hay testamento?

Primero hay que preguntar al Registro Civil si dejó testamento o no.

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Llenar el formulario

Se anota quiénes son los herederos y qué bienes dejó el abuelito.

4

Ir al Registro Civil

Se entrega el formulario. No hace falta abogado ni ir al tribunal.

5

El Registro Civil aprueba

En 15 a 30 días dictan una resolución que dice quiénes son los herederos.

6

Inscripción oficial

Se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces. ¡Ya son dueños!

La posesión efectiva intestada es el trámite que deben realizar los herederos cuando una persona fallece sin dejar testamento. Es el caso más común en Chile y se tramita directamente ante el Registro Civil, sin necesidad de ir a tribunales ni contratar un abogado obligatoriamente.

Sin este trámite, los herederos no pueden disponer legalmente de los bienes del fallecido: no pueden vender propiedades, transferir vehículos, retirar ahorros bancarios ni cobrar seguros de vida.

¿Quién puede solicitarla?

Cualquier heredero puede iniciar el trámite en nombre de todos. La resolución del Registro Civil beneficia a todos los herederos legítimos identificados.

Órdenes de sucesión intestada

Cuando no hay testamento, la ley determina quiénes heredan:

  • Primer orden: hijos, cónyuge o conviviente civil sobreviviente.
  • Segundo orden: ascendientes (padre y madre) y cónyuge o conviviente civil.
  • Tercer orden: hermanos.
  • Cuarto orden: sobrinos.
  • Quinto orden: el Fisco.

Requisitos

  • Datos del causante: nombre, RUT, fecha y lugar de fallecimiento.
  • Datos del solicitante y todos los herederos.
  • Inventario valorado de bienes (inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, etc.).
  • Declaración de deudas, si las hubiere.

¿Cuánto cuesta?

El trámite es gratuito si la masa hereditaria no supera las 15 UTA. Entre 15 y 45 UTA el costo es de 1,6 UTM; sobre las 45 UTA, asciende a 2,5 UTM.

Pasos del trámite

  1. Verificar si hay testamento en el Registro Civil. Si lo hay, el trámite es ante los tribunales.
  2. Completar el formulario disponible en las oficinas del Registro Civil o en www.registrocivil.cl.
  3. Presentar la solicitud en cualquier oficina del Registro Civil a nivel nacional.
  4. Resolución del Registro Civil en un plazo de 15 a 30 días hábiles.
  5. Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces si hay inmuebles en la herencia.
  6. Declarar el impuesto a la herencia ante el SII dentro del plazo legal.

Diferencia con la posesión efectiva testada

Si el causante dejó testamento, el trámite debe realizarse ante un Juzgado de Letras Civil con la asistencia de un abogado. Puedes leer más en nuestro artículo sobre Posesión Efectiva Testada.

Cada caso es único. Si necesitas orientación legal personalizada, no dudes en escribirnos — estaremos encantadas de acompañarte en el proceso. Abogada por Vocación.
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